URGENTE Resolución ampliación plazo PERTE regadíos hasta el diciembre
Se amplía el plazo para la presentación de solicitudes previsto en el artículo en el artículo 10.1 de la convocatoria de subvenciones (2023) en concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Orden TED/918/2023) hasta el 22 de diciembre de 2023, incluido.
La ampliación se debe a un incidente técnico en el funcionamiento ordinario de la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que persiste e impide a los interesados la presentación de solicitudes en dicha sede electrónica en relación con la convocatoria referida.
Esta resolución se publicará en la web del Ministerio en cuanto funcione, pero mientras la Dirección Gral Agua nos pide que le demos difusión:
RESOLUCIÓN SOBRE AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PREVISTO EN LA ORDEN TED/918/2023, DE 21 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS POR
CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE COMUNIDADES DE USUARIOS DE AGUA PARA REGADÍO EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PERTE
DIGITALIZACIÓN DEL CICLO DEL AGUA), Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2023.
Según lo dispuesto en el artículo 10.1 de la convocatoria de subvenciones (2023) en concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Orden TED/918/2023), el plazo de presentación de solicitudes es de treinta días hábiles (30) a partir de los sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Dicha orden fue publicada en el BOE el 2 de agosto de 2023, por lo que el plazo de presentación de solicitudes es del 30 de octubre al 13 de diciembre de 2023, ambos incluidos.
No obstante, se ha detectado un incidente técnico en el funcionamiento ordinario de la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que persiste e impide a los interesados la presentación de solicitudes en dicha sede electrónica en relación con la convocatoria referida.
A estos efectos resulta de aplicación lo establecido en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que prevé la ampliación de plazos y términos en el ámbito de actuación de las Administraciones Públicas, ante la existencia de una incidencia técnica que haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, estableciendo, asimismo, la obligación de publicar esta circunstancia en la sede electrónica afectada.
En el mismo sentido se pronuncia el artículo 11, apartado 1, letra g) del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado mediante Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, que establece la obligación de publicar en la sede electrónica la información acerca de cualquier incidencia técnica que acontezca e imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, así como de la ampliación del plazo no vencido que, en su caso, haya acordado el órgano competente debido a dicha circunstancia.
En su virtud, al amparo de los preceptos indicados, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente dicta la presente RESOLUCIÓN:
Primero.
Se amplía el plazo para la presentación de solicitudes previsto en el artículo en el artículo 10.1 de la convocatoria de subvenciones (2023) en concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Orden TED/918/2023) hasta el 22 de diciembre de 2023, incluido.
Segundo.
En ningún caso podrá ampliarse el plazo recogido en el apartado anterior, si éste ya hubiera vencido a la fecha de publicación de esta Resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero.
A tenor de lo previsto en el artículo 11.1.g) del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, la presente Resolución será publicada en la sede electrónica y portal web de la convocatoria del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.